Facturación electrónica con la Junta de Andalucía

Favorecer el registro y la transparencia es uno de los objetivos de la facturación electrónica. Desde el inicio de su andadura en el año 2015 estos dos han sido los pilares fundamentales en los que se ha basado la implantación de este sistema. La Junta de Andalucía es uno de los territorios que no han perdido el tiempo y han sabido integrar de manera ágil, sencilla y eficaz el sistema de facturación electrónica. La facturación electrónica en Andalucía se puso en marcha con la orden del de 29 de enero de 2015, por la que se regulaba el punto general de entrada de facturas electrónicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el uso de la factura electrónica en la Administración de la Junta de Andalucía y en las entidades del sector público andaluz. Mediante esta orden se regula el punto general de entrada de facturas electrónicas, las administraciones y entidades involucradas, etc. Echemos un vistazo a cómo está organizado el sistema de facturación electrónica con la Junta de Andalucía.

Facturación electrónica con la administración andaluza

La facturación electrónica con la administración andaluza es obligatoria, al igual que en el resto del territorio español. Eso sí, se establece obligatorio el sistema solo para aquellas facturas que superen los 5000 euros. Para aquellas que no lleguen a esa cantidad, se permite el sistema tradicional. Aunque si existe el caso de alguna entidad que ya haya facturado previamente de manera electrónica, tendrán que hacerlo de manera obligatoria ya a posteriori, independientemente de la cuantía.

Tal y como recoge la orden, deberán realizar la factura electrónica a la administración andaluza las personas o entidades que hayan entregado bienes o prestado servicios a:

  1. La Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias, incluyéndose las facturas electrónicas correspondientes a los sectores sanitario y docente.
  2. Los consorcios que forman parte del sector público de la Administración de la Junta de Andalucía.
  3. Las fundaciones y sociedades mercantiles del sector público andaluz.
  4. Las Universidades Públicas andaluzas.
  5. Las entidades que no estén comprendidas en los párrafos anteriores pertenecientes al subsector «Comunidades Autónomas» del sector «Administraciones Públicas» según el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales.

 Para muchas personas y organismos, la obligatoriedad de la facturación electrónica con un sistema concreto supuso un cambio importante. Pero no debemos olvidar que el sistema de facturación electrónica agiliza trámites, facilita la entrega y seguimiento y, por supuesto, garantiza seguridad y transparencia de toda comunicación con la administración.

Cómo hacer una factura electrónica con la Junta de Andalucía

La Junta de Andalucía puso en marcha el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía (PUEF) A través de este sistema cualquier proveedor puede enviar sus facturas, consultarlas y resolver las dudas que puedan surgir.

Realizar el envío de las facturas es sencillo, pero es importante identificar correctamente a quién las dirigimos. Dentro de la misma plataforma podemos consultar el directorio de unidades, donde podremos buscar por administración u organismo y conocer la Oficina contable, el Órgano gestor y la Unidad tramitadora correspondiente.

No olvidemos que  la factura tiene que estar generada en un modelo específico, no vale cualquier formato. Por ello siempre es interesante poder contar con sistemas de trabajo integrados en tu empresa, que te genere de manera sencilla la factura correspondiente para tú tener sólo que enviarla a través de la plataforma PUEF. La opción de B2Brouter te va  a facilitar las cosas: puedes integrarla con tu ERP lo que permite importar directamente las facturas en formato XML  Facturae. Más fácil imposible. Así que si tienes que presentar facturación electrónica con la Junta de Andalucía, B2Brouter te ayudará.