Enviar factura electrónica a Ayuntamiento de Villaviciosa

Con B2Brouter podrás enviar facturas electrónicas a Ayuntamiento de Villaviciosa a través de FACe y generar correctamente tu factura electrónica en formato FacturaE 3.2 con los códigos DIR3 obligatorios incorporados: Oficina Contable, Unidad Tramitadora y Órgano Gestor.

Enviar factura electrónica a Ayuntamiento de Villaviciosa

Consulta los códigos DIR3 de Ayuntamiento de Villaviciosa para hacer una factura electrónica

Ayuntamiento de Villaviciosa

Información básica

  • NIF (CIF): ESP3307600A
  • Plaza del Ayuntamiento, s/n
  • 33300 Villaviciosa
  • Asturias
  • España
  • Ver el mapa
Método de entrega de facturas
Transporte: FACe
Tipo de documento: FacturaE 3.2
Oficina contable:
LA0004104
Órgano gestor:
L01330766
Unidad tramitadora:
L01330766
Unidades organizativas Oficina contable Órgano gestor Unidad tramitadora
AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA LA0004104 LA0003790 LA0003790
INTERVENCIÓN * AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA LA0004104 L01330766 L01330766
SERVICIO ELÉCTRICO LA0004104 LA0003790 LA0004169
TESORERIA LA0004104 LA0003790 LA0004490

¿Qué es FACe?

FACe es el Punto General de Entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado Español. Se trata de un punto de entrada único de estos documentos y válido para todas las comunidades autónomas.

El formato admitido por FACe es Facturae, con la obligatoriedad de especificar los códigos DIR3.

B2Brouter está conectado con FACe, por lo que tus facturas serán enviadas al Punto de Entrada de forma directa y automática. De esta manera también puedes estar informado del estado de tu factura mediante nuestro sistema de notificaciones.

¿Qué son los códigos DIR3?

Los códigos DIR3 son tres datos obligatorios que se deben especificar en las facturas electrónicas emitidas a las Administraciones públicas de España. Los 3 códigos se corresponden a Órgano Gestor, Unidad Tramitadora y Oficina Contable.

En el directorio de B2Brouter podrás encontrar los códigos DIR3 verificados de Ayuntamiento de Villaviciosa así como los de otras Administraciones públicas.

¿Cuándo es obligatorio hacer una factura electrónica?

En España la factura electrónica es obligatoria desde 2015 para proveedores de la Administración pública (Ayuntamientos, Gobiernos Regionales, Generalitat, Servicios Sanitarios, Universidades, etc.). Las empresas o autónomos que sean subcontratistas o contratistas de contratos públicos también deberán emitir sus facturas en formato electrónico a través del sistema FACeB2B.

Para el sector público las facturas deben enviarse en formato Facturae y las facturas electrónicas se remitirán a través del Punto de Entrada que corresponda.

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