Nueva Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso a la Facturación Electrónica

A finales del 2013 ha sido publicado en el BOE la Ley 25/2013 de 27 de Diciembre, la ley de impulso a la facturación electrónica. Entre sus objetivos principales, reducir la morosidad de las Administraciones Públicas para mejorar la competitividad de las empresas. Competitividad entendida como cubrir las necesidades de liquidez de todo un entramado de empresas que proveen productos o prestan servicios a una Administración que ha ampliado demasiado sus plazos de pago, con los efectos negativos que ello supone para la propia supervivencia de la empresa.

BOE ley facturacion electronica

Esta apuesta por la facturación electrónica es una de las propuestas de la Comisión Europea, como os contamos en este otro artículo. Está en línea con la «Agenda Digital para Europa», una de las iniciativas que la Comisión Europea está impulsando en el marco de la estrategia «Europa 2020»

Supone una reforma estructural, que tiene a la factura electrónica como instrumento, y que crea un registro contable que agiliza los procesos de pago a proveedores y da mayor información de las facturas pendientes de pago, gracias al control informatizado que el sistema permite.

Tal y como se lee en el preámbulo:

[…] favorecerá un seguimiento riguroso de la morosidad a través de un indicador, el periodo medio de pagos, que visualizará el volumen de deuda comercial de las Administraciones y permitirá, llegado el caso, aplicar los nuevos mecanismos previstos la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en la que el control de la deuda comercial forma parte del principio de sostenibilidad financiera.

La ley también prevé un registro administrativo de facturas emitidas, como medida de protección a proveedores de la Administración Pública, mediante el uso de la factura electrónica con carácter obligatorio a partir del 15 de Enero de 2015. Cada una de las administraciones deberán hacer su propio punto de entrada de facturas, la estatal, la autonómica, y la local. De este modo habrá un punto general de entrada de facturas electrónicas por cada nivel administrativo.

La ley establece obligatoriedad de uso de sistemas de facturación electrónica para facturas cuya base imponible sea igual o superior a 5000€. No será obligatorio incluir en el registro contable facturas por menor importe.

En este blog iremos analizando en sucesivos artículos más con detalle los puntos de esta nueva ley. Tenemos un año para adaptarnos en procesos y procedimientos para lograr una situación más favorecedora para todo el entramado de pymes que trabajan para las Administraciones Públicas.