Novedades en el registro del DER para el SII
A partir del 1 de enero de 2019, el DER (documento electrónico de reembolso) será obligatorio. Esto quiere decir que la devolución del IVA correspondiente a las ventas efectuadas a partir de esta fecha las deberás registrar con un tipo de comunicación A5.
Cómo informar el DER a partir del 1 de enero del 2019
Si debes registrar una devolución tendrás que hacerlo indicando un tipo de comunicación «A5», indicando las siglas DER (documento electrónico de reembolso) en el campo del número de factura, un régimen especial «02: exportación» y desglosar con importes negativos la base y la cuota objeto de devolución.
Para poder designar el campo «cuota repercutida», deberás informar la factura como «sujeta/no exenta». Además, el periodo de registro será aquel en el que se vaya a tener en cuenta la minoración del IVA repercutido.
Cómo informar una modificación
En caso de que debas realizar una modificación de un registro de este tipo, deberás especificar una clave «A6» en el campo del tipo de comunicación. Las operaciones informadas con estas claves de comunicación no se computarán a efectos de volumen de operaciones.
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